Santiago, trece de septiembre de dos mil diez.
Vistos y teniendo presente:
PODER JUDICIAL
REPUBLICA DE CHILE
1°.- Que a fojas 37 comparece xxxxxxxxxx y solicita el otorgamiento del título
(Leer más)Aunque parezca increíble, eso es exactamente lo que sucedió; pero más increíble es que los argumentos que fundan la presente denuncia y que puedes descubrir al leer el blog, no hay a quien exponérselos; esto, porque el sistema chileno carece de un Tribunal Superior Jerárquico, independiente, que permita revisar las decisiones de la Corte Suprema, que es quien tiene el deber de otorgar el título profesional de abogado, resolviendo en única instancia, y como juez y parte. Nuestro país carece de instituciones básicas que garanticen un Debido Proceso. La inexistencia de un recurso eficaz contra la discriminación, la de un Defensor del Pueblo, constituyen un grave incumplimiento a las obligaciones internacionales contraídas por nuestro país, situación que ha permitido que conductas de órganos del Estado, calificadas de arbitrarias o abusivas, se produzacan y carezcan de sanción, al menos jurídica. Mientras esas instituciones no existan, no tendremos asegurado un Debido Proceso ni podemos afirmar que no se encuentra quebrantado el Estado de Derecho. (Para comprender la Denuncia recomiendo la lectura de los primeros cuatro capítulos de "Pedro, ¿por qué?")
Santiago, trece de septiembre de dos mil diez.
Vistos y teniendo presente:
PODER JUDICIAL
REPUBLICA DE CHILE
1°.- Que a fojas 37 comparece xxxxxxxxxx y solicita el otorgamiento del título
(Leer más)¿El Ministro Pierry debería inhabilitarse cuando el Pleno conoce de solicitudes de juramento de determinados postulantes?
Cómo crees que resolverá la Comisión Interamericana de DDHH la Denuncia contra el Estado de Chile
SE TENGA PRESENTE AL RESOLVER.
EXCELENTÍSIMA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
JOSE FRANCISCO AGUIRRE OSSA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 6.519.578-K, en su calidad de Rector, y FELIPE
(Leer más)Las últimas votaciones del Pleno de la Corte Suprema, han provocado gran conmoción entre la comunidad jurídica, particularmente, luego de constatar los votos de rechazo a algunos postulantes al título
(Leer más)
En septiembre de 2006, un grupo de estudiantes, Egresados de la Carrera de Derecho de distintas Universidades del país, ingresaron a
(Leer más)seguridad jurídica, buena fe, certeza jurídica, principio de protección, confianza legítima, actos propios... (artículo en desarrollo)
"Toda modificación del ordenamiento jurídico, de las situaciones ya consolidadas, genera una situación de
(Leer más)Con esto, se obstaculiza el juramento de postulantes de la Universidad de Aconcagua, exigiéndoles requisitos que no se encuentran establecidos en el auto acordado (no publicado en el Diario Oficial),
(Leer más)Continúa rechazo a solicitudes de jurantento a alumnos de la UCINF, indicándose que no cumplen con el Reglamento Académico, en circunstancias que es un hecho público y notorio que sí
(Leer más)¿estás de acuerdo en que la universidades deberían otorgar el grado de licenciado y el título de abogado?
El Auto acordado de 9 de mayo de 2008 nunca fue publicado en el Diario Oficial como lo exige el inciso final del artículo 96 del Código Orgánico de Tribunales...
(Leer más)CORTE SUPREMA CONFIRMA QUE UNIVERSIDAD DEBE PAGAR INDEMNIZACIÓN POR PUBLICIDAD ENGAÑOSA
La Corte Suprema ratificó que la Universidad de Ciencias de la Informática (Ucinf) deberá cancelar una multa de 50
(Leer más)¿Conoces el expediente de titulación TI- 104-2010?
¿piensas que la Corte Suprema debe abstenerse de continuar criticando a los estudiantes de Derecho de Universidades Privadas?
Viña del Mar, 10 de marzo de 2011
Ref: Formula observaciones a carta respuesta señor Ministro de Justicia.
De: Christian Lucero Márquez
Presidente (S) Asociación Gremial de Licenciados
en Ciencias
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